Reglamento
Transcurrido el plazo de información pública reglamentaria sin que se haya presentado reclamación ni observación alguna, se han elevado a firmes y definitivos los acuerdos iniciales adoptados por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2019, relativos a la aprobación de diversas modificaciones, en las ordenanzas fiscales y en sus anexos, que se publican a continuación, y que entrarán en vigor a partir del día 1 de enero del año 2020.
Todo ello se publica en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 16.4 de la Norma Foral 11/1989, de 5 de julio, reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa, para general conocimiento y demás efectos previstos en el expresado precepto.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.1 de la citada Norma Foral, contra los expresados acuerdos aprobatorios de modificación de tipos, cuotas y tarifas, los interesados podrán interponer recurso Contencioso-Administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente hábil al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa.
Ello no obstante y como autoriza el precepto citado, los referidos interesados podrán interponer, con carácter potestativo y previamente a la vía contencioso-administrativa, reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Foral de Gipuzkoa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente hábil al de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa de las expresadas publicaciones.